El pasado 2 de mayo se presentó el proyecto de ley “Cuidar en Igualdad” que consiste en la creación de un Sistema Integral de Políticas de Cuidados de Argentina (SINCA) que permita reconocer el derecho de todas las personas a recibir y brindar cuidados, así como también el derecho al autocuidado; y contribuya a superar la división sexual del trabajo; promoviendo una organización corresponsable; y reconociendo el valor del trabajo y su formalización.
Para conocer detalles de la iniciativa, charlamos con Lucía Cirmi, Subsecretaria de Políticas de Igualdad en el Ministerio de las Mujeres, Género y Diversidad de la Nación. La funcionaria destacó que “el proyecto plantea reconocer y redistribuir las tareas de cuidado para que haya más igualdad en ese plano, en la participación laboral, política y en la erradicación de la violencia”.
En la misma línea, comentó: “El Sistema Integral de Políticas de Cuidados de Argentina (SINCA) tiene como finalidad construir espacios de cuidados dentro de la sociedad que estén a cargo de profesionales especializados en la tarea de cuidados. Por otro lado, se plantea una redistribución equitativa, afirmando que tanto hombres como mujeres tienen la misma responsabilidad desde el momento uno de nacimiento”.
¿Por qué es necesario?
La demanda de cuidados en nuestro país es muy grande. Según se indica en el proyecto de ley en cuestión, aproximadamente 746 mil personas mayores de sesenta años necesitan de dependencia básica, así como más de 5 millones de personas tienen alguna discapacidad y 2 millones de niñes menores a tres años no asisten a establecimientos educativos. Todas estas personas requieren de cuidados que, por lo general, están a cargo de mujeres, identidades feminizadas o personas gestantes, y muchas de esas personas que ejercen tareas de cuidados están, además, fuera del mundo laboral, sin posibilidades de generar ingresos para el sostenimiento cotidiano.
Según los resultados preliminares de la Encuesta Nacional de Uso del Tiempo 2021 de Indec, las mujeres realizan en un 91,6% las tareas no remuneradas, frente a un 73,9% para varones. Además, 9 de cada 10 mujeres realizan trabajo doméstico; y 3 de cada 10 mujeres desarrollan trabajo de cuidado a miembros del hogar, lo que da cuenta de que son ellas quienes sostienen en mayor medida las tareas no remuneradas, lo que conlleva una menos participación en el trabajo remunerado; y se traduce en menores oportunidades para generar ingresos.
Uno de los puntos del proyecto de ley reconoce y promueve este trabajo mediante la creación de un Registro Nacional de trabajadoras y trabajadores del cuidado remunerado con el fin de facilitar la instrumentación de las políticas, remunerando a profesiones, tareas y oficios considerados trabajo de cuidados.
“Creemos que este proyecto tendrá efectos a largo plazo en la reducción de la violencia contra las mujeres, ya que muchas de ellas dependen del sustento económico de los varones del hogar debido a que están ejerciendo tareas de cuidado. Sabemos que esta situación suele estar aparejada con la falta de responsabilidad de los varones respecto a los cuidados. Planteando una paternidad responsable estaríamos trabajando a largo plazo en la erradicación de la desconexión de los varones con los cuidados y luego impactará en la forma en cómo se manejan con la cuota de alimentos”, agregó Cirmi al respecto.
Ejes centrales
El proyecto busca reconocer el derecho de todas las personas de dar y recibir cuidados así como el derecho al autocuidado.Tiene como finalidad promover la igualdad de género haciendo visible el valor social y económico de los cuidados ya sea que se desarrolle al interior de los hogares, en el ámbito comunitario, público o privado.
En ese sentido, Lucía Cirmi dijo: “Este proyecto es condición necesaria para cerrar otra brecha de género. Si existen licencias igualitarias, si planteamos que el cuidado es responsabilidad de todes tendremos menor discriminación laboral hacia las mujeres ya que la sociedad, por lo general, espera que las mujeres realicen roles de cuidado aún cuando no los desarrollen”.
Para la puesta en marcha del proyecto se necesitará una ampliación del sistema de licencias que busque mejorar el cuidado de niños, niñas y niñes, optimizar la redistribución de las tareas de cuidado dentro del hogar y mejorar la inserción de personas gestantes en el mundo laboral.
En la actualidad, Argentina se encuentra por debajo de las recomendaciones de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), ya que la licencia por maternidad es de 90 días y la de paternidad es de solo 2 días. La normativa vigente reproduce estereotipos que impactan de manera negativa en la distribución del cuidado dentro del hogar generando discriminación hacia las mujeres y personas del colectivo LGBTIQ+ en el mundo del trabajo y excluye a la diversidad de conformaciones familiares.
En ese sentido, la normativa extendería la licencia de las personas gestantes de 90 a 126 días, los que podrán utilizarse durante los 45 días anteriores al parto y hasta 81 días posteriores, con opción de usar 30 previos y 96 luego del nacimiento. Además, el reconocimiento de “personal gestante” incorpora otras identidades de género a la licencia, en consonancia con los avances normativos y culturales en materia de diversidad y género.
Por otro lado, las licencias de personas no gestantes que actualmente son de 2 días pasarán a ser de 90 días independientemente de su género. Respecto de su uso, 15 días deben ser utilizados apenas se produce el nacimiento y el resto pueden usarse dentro de los 180 días posteriores al nacimiento. En este marco, la funcionaria añadió: “La modificación de la licencia que incluye a los varones y personas no gestantes irá creciendo en días en un lapso de ocho años hasta llegar en igualdad de días de licencia que tiene una persona gestante”. Y agregó: “En esta reforma se prevé que las licencias sean cubiertas por la Seguridad Social y que incluyan no solo a empleades sino a monotributistas y autónomos, diversidad de familias de trabajadores y trabajadoras”.
Dentro del Sistema Integral de Cuidados se contemplan las licencias para futures adoptantes (2 a 12 días por año) y licencias por adopción (90 días de los cuales 15 deben ser utilizados inmediatamente con posterioridad a la notificación de la resolución judicial que otorga la guarda con fines de adopción al niñe o adolescente), licencia de 2 a 6 días para le cónyuge que necesite cuidar a la persona que realiza un tratamiento de fertilización asistida; y extensión a 180 días de la licencia para cuidadores de hijes con discapacidad o enfermedades crónicas.
Finalmente, el proyecto de ley obliga al Ministerio de Obras Públicas de la Nación a destinar el 8.5% del presupuesto anual a la implementación de este sistema de cuidados. “La idea es que lo que esté etiquetado como cuidados en el presupuesto nacional vaya creciendo para lograr así una materialización del proyecto”, concluyó Cirmi.
Ph Flor Carrera